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Tema 10. Normativa general sobre enfermería y Prescripción Enfermera.

1.3. Ley de Cohesión y Calidad del SNS.

La Ley 16/2003, de 28 de mayo, de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud nace 16 años después de la aprobación de la Ley General de Sanidad como consecuencia de los profundos cambios que se produjeron en la sociedad española, tanto culturales, tecnológicos, y socioeconómicos, como en la manera de vivir y de enfermar. Además, se plantean nuevos retos para la organización del Sistema Nacional de Salud, como son la orientación a los resultados en salud, la potenciación del papel de los usuarios como decisores, la implicación de los profesionales en las reformas administrativas, las actuaciones clínicas, y la toma de decisiones basadas en la evidencia científica, así como la búsqueda de mecanismos de integración en la atención sanitaria y la sociosanitaria, retos todos ellos que han puesto de manifiesto la necesidad del funcionamiento cohesionado del Estado y de las comunidades autónomas para complementar algunos elementos esenciales del Sistema Nacional de Salud, de manera que pueda adaptarse a la modernización que el entorno le exige. 

 

El objeto de esta Ley es establecer el marco legal para las acciones de coordinación y cooperación de las administraciones públicas sanitarias, en el ejercicio de sus respectivas competencias, de modo que se garantice la equidad, la calidad y la participación social en el Sistema Nacional de Salud, así como la colaboración activa de este en la reducción de las desigualdades en salud.

 

El ámbito de aplicación de esta Ley se circunscribirá a: 

    • Las prestaciones sanitarias. 

    • La farmacia. 

    • Los profesionales. 

    • La investigación. 

    • Los sistemas de información. 

    • La calidad del sistema sanitario. 

    • Los planes integrales. 

    • La salud pública. 

    • La participación de ciudadanos y profesionales. 

 

Las prestaciones sanitarias del Sistema Nacional de Salud, se explican en el artículo 7 como “(…) el conjunto de servicios preventivos, diagnósticos, terapéuticos, rehabilitadores y de promoción y mantenimiento de la salud dirigidos a los ciudadanos, con el objeto de garantizar las condiciones básicas y comunes para una atención integral, continuada y en el nivel adecuado de atención. Este catálogo comprenderá las prestaciones de salud pública, atención primaria y especializada, sociosanitaria, urgencias, farmacia, ortoprótesis, productos dietéticos y transporte sanitario."

 



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